Actualmente el 90 % de las ventas que se realizan lo son sobre plano, con la consecuente incertudumbre que ello crea respecto al producto que finalmente se ha de entregar. Concretamente y en relación a los metros que se designan como útilies y construidos en estos planos, al final en la entrega definitiva de la vivienda es bastanta frecuente que existan ciertas desviaciones en respecto de los metros que en su día se describieron en el proyecto, ello debido bien a ajustes técnicos, bien a falta de previsión del promotor.
Para estos casos el código civil dispone unas pautas conforme a las cuales el comprador tendrá derecho a que se le rebajen del precio los metros cuadrados de menos que se le vaya a vender definitivamente, y si estos suponen un reducción en mas de una décima parte respecto al total de los vendidos, tendrá además la posibilidad de resolver el contrato.
En el caso contrario, osea que existan mas metros que los pactados, el comprador deberá pagar la diferencia de metros cuadrados a su favor, siempre que el aumento no suponga una cantidad mayor de la vigésima parte de los contratados, caso de que sea mayor podrá resolver el contrato.