Gastos derivados de la formalización de hipoteca

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Gastos derivados de la formalización de hipoteca

 

Respecto a los Gastos ocasionados por la Hipoteca

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados Este impuesto grava la escritura de constitución del préstamo hipotecario. Su tipo está establecido entre el 0,5% y el 1%, dependiendo de la comunidad autónoma en que se encuentre localizada la vivienda y se aplica no al importe solicitado; sino al valor de responsabilidad hipotecaria que incluye el valor del préstamo, sus intereses, los intereses de mora y las costa judiciales. Las viviendas de protección Oficial están exentas del pago de este impuesto hasta la cuantía legalmente establecida.

Gastos de tasación Son gastos derivados de la valoración del inmueble por parte de una sociedad especializada en tasaciones e inscrita en el Registro Oficial del Banco de España. Su coste se suele calcular en función del valor de la vivienda, generalmente entre unos 200 y 300 €.

Gastos de inscripción en el Registro Son gastos correspondientes a la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, de forma que un futuro comprador sepa que la vivienda tiene pagos pendientes que deben de ser liquidados antes de su venta a terceros.

Gastos de notaría Son los derivados del otorgamiento de la escritura del préstamo hipotecario. Su cálculo se realiza también en función del valor de responsabilidad hipotecaria.

Gastos de gestoría Lo normal es que sea un gestor administrativo, en ocasiones de la propia notaría o el banco que concede la hipoteca, el que se encargue de realizar todos los trámites necesarios para la constitución de la hipoteca y el pago de impuestos. De esta forma, tanto el comprador como el banco, se aseguran de que todos los trámites se realizan de forma correcta.

Comisión de apertura Es una tasa que suelen cobrar los bancos por el estudio, gestión y tramitación de los préstamos hipotecarios. Su valor depende de cada banco y oscila entre el 0% y el 2% del importe solicitado.

Seguros. Además de los gastos anteriormente indicados, deberá de incluir los gastos correspondientes a la contratación de un seguro de la vivienda.