El Albacea y el Contador/Partidor

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El Albacea y el Contador/Partidor

 

El Albacea es aquella persona designada por el testador para que vele por el cumplimiento de su voluntad expresada en el testamento.

Las facultades del albacea serán las que el testador le haya atribuido en el testamento y, a falta de tal atribución, serán las siguientes:

  • Disponer y pagar los sufragios y el funeral del testador.
  • Entregar los legados que consistan en dinero en metálico.
  • Vigilar el cumplimiento del resto de las disposiciones testamentarias y defender la validez del testamento.
  • Tomar las medidas y precauciones necesarias para la conservación de la herencia.
  • Puede nombrarse a un único albacea o a varios, y en caso de ser varios, pueden designarse con carácter mancomunado o solidario.

El Contador-Partidor es una figura distinta del albacea. Es aquella persona nombrada por el testador en el testamento para que realice el reparto de los bienes hereditarios entre los herederos nombrados.

Aunque se trata de figuras distintas, es bastante frecuente que el testador nombre a una misma persona para el ejercicio de ambos cargos, albacea y contador-partidor, en cuyo caso el nombrado deberá velar por el cumplimiento del testamento y efectuar la partición de la herencia.